Este viernes el Tribunal Estatal Electoral resolvió el juicio de inconformidad promovido por el partido MORENA, en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León, mediante el cual se determina que el Partido Acción Nacional cumplió con el requerimiento que le fue realizado en un acuerdo precio de este instituto, dentro del plazo que le fue otorgado.
Las Magistradas y el Magistrado determinaron revocar el acuerdo, toda vez que la autoridad responsable no analizó ni valoró correctamente la documentación presentada por el PAN, por lo que debe tenerse por no cumplido el requerimiento formulado, dado que las documentales presentadas por ese instituto político carecen de validez jurídica y, por ende, de eficacia demostrativa plena, pues no son aptas para acreditar que la Comisión Permanente Nacional del PAN haya ratificado las providencias precautorias SG/098/2023 que autorizaban su participación en el convenio de coalición parcial denominado “Fuerza y Corazón x Nuevo León”.
Por lo que, se ordena al Consejo General que, dentro del plazo de dos días, posteriores a la notificación de esta sentencia, emita una nueva determinación, en la que, tomando en cuenta lo razonado en esta ejecutoria, determine que el Partido Acción Nacional no cumplió el requerimiento formulado en sus términos, por lo que debe hacer efectivo el apercibimiento decretado y cancelar su participación en el convenio de coalición parcial denominado “Fuerza y Corazón x Nuevo León”, presentado por los partidos PAN, PRI y PRD, debiendo dar vista al resto de los integrantes de la coalición para los efectos legales correspondientes.